INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO
CONTRATO DE REPRESENTACION
Málaga (España) a 16 de Marzo de 2010
REUNIDOS
DE UNA PARTE:
U.P.E. Universidad de los Pueblos de Europa en los sucesivo U.P.E., representada por su administrador Sr. Don David Lozano Maroto identificado con el D.N.I.: 33386725-V con domicilio en la C/ Francisco Jiménez Lomas, 5, 29004 - Málaga-España (UE), y datos complementarios se reseñan en este documento.
DE LA OTRA PARTE:
La Entidad: INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO con domicilio social en la calle RUA JAIME VIEIRA LIMA Número 5°subsolo
Ciudad: SALVADOR-BAHIA
Provincia: BRASIL
Estado: BAHIA
Nación: BRASIL
Teléfono: xxxx
Fax: xxxx
E-mail: phd.claudio@hotmail.com
Representada por: PROF.LUIZ CLAUDIO HIPOLITO GONÇALVES
Mayor de edad, de profesión: DIRETOR INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO Con domicilio en la calle: RUA JAIME VIEIRA LIMA 191, 5°subsolo, ANEXO A PAU DA LIMA SALVADOR-BAHIA , BRASIL, CEP.41235-000 y teléfono: xxxxxxx
Actuando en su propio derecho y en adelante se le denominará
INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO.
EXPONEN
1º.-Que U.P.E. está dispuesta a conceder la representación y delegación de su
actividad docente para los territorios que más adelante se detallan.
2º.-Que la firma INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO en la persona de su representante Prof. Luiz Claudio Hipolito Gonçalves reúna las condiciones profesionales, comerciales y de organización para la representación, delegación de los productos académicos.
3º.-Ambas partes, de común acuerdo, suscriben el presente CONTRATO DE REPRESENTACIÓN COMERCIAL, con sujeción a las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA-OBJETO
La U.P.E. concede a la INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO la distribución de los productos académicos propios y de instituciones académicas con las que U.P.E. mantiene convenio de cooperación cultural y comercial, las cuales dan su auspicio y respaldo al respecto.
El INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO acepta la concesión hecha a su favor.
SEGUNDA-AMBITO TERRITORIAL
El ámbito territorial al que se extiende los efectos de este CONTRATO abarca únicamente el territorio del país: [Indique el país de destino del convenio].
No obstante, el territorio podrá ampliarse previo acuerdo entre ambas partes.
TERCERA-CONDICIONES COMERCIALES
a) TASAS ACADEMICAS
Los precios que rigen para el distribuidor o representante de todos los cursos de la oferta formativa serán los que indican en documento denominado Tarifa de Precios en el apartado precio €.
b) PEDIDOS Y ENVIOS
El INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO deberá enviar la SOLICITUD DE PEDIDO por cada venta efectuada. El envío del pedido se hará al INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO siempre que no indique que el programa de estudios sea enviado directamente al alumno.
El INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO hará efectiva esta compra a U.P.E. al enviar la SOLICITUD DE PEDIDO. La Solicitud de Pedido, deberán venir acompañado de fotocopia del ingreso bancario a nombre de U.P.E. y por el valor de compra del curso solicitado.
d) MODIFICACIÓN DE LAS TASAS ACADEMICAS
Cualquier modificación de la tarifa de precios por parte de U.P.E. deberá ser comunicado al INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO con una previsión de 60 días antes de su entrada en vigor. El INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO podrá variar los precios de venta al público en función de sus propios intereses económicos, aunque en la tarifa de precios aparecen los precios de venta recomendados por U.P.E.
e)COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS ACADÉMICOS
Todos los gastos derivados de la comercialización de los productos académicos serán por cuenta del INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO.
U.P.E. se obliga a suministrar al INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO las documentaciones necesarias para la perfecta prospección de ventas.
CUARTA-COMISIONES O DESCUENTOS
Las comisiones y descuentos vienen establecidos por los precios que aparecen en la correspondiente Tarifa. El INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO recibe automáticamente su comisión al efectuar la venta de los programas y la cantidad estipulada de precio de compra será remitida a U.P.E. al enviar la Solicitud de Pedido.
U.P.E. se compromete durante la vigencia de este Contrato a mantener una política de precios competitiva y unas comisiones de cobro automático entre la compra y la venta.
QUINTA-DURACIÓN
Este Contrato entrará en vigor a partir de la fecha de la firma por las partes, siendo su duración de un año académico, prorrogable a otro año académico, y automáticamente de año en año, caso de que ninguna de las partes notifique fehacientemente y por escrito a la otra, con una antelación de 30 días al vencimiento del Contrato de prórroga, su voluntad de darlo por rescindido.
Las delegaciones inactivas por un periodo máximo de 12 meses serán
invalidadas y dadas de baja automáticamente, notificándose en el apartado correspondiente en http://www.upe-edu.org
SEXTA-COOPERACIÓN
Ambas partes contratadas se obligan a una estrecha cooperación para lograr la expansión de ventas de los cursos y programas de formación objeto del presente Contrato.
A tales fines, U.P.E. se compromete a:
1º.-Mantener informado al INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO del desarrollo general del mercado académico, de las ventas y de las previsiones de las mismas.
2º.-Mantener informado INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO sobre las necesidades del sector, las oportunidades académicas y los factores de influencia en general.
Todo ello en la medida suficiente para realizar, un lanzamiento comercial a todos los niveles y en todo el territorio.
SEPTIMA-COMPROMISO DE VENTA
El INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO se compromete a alcanzar un volumen de venta de acuerdo con la evolución del mercado y el área geográfica donde desarrolla su actividad.
La U.P.E. se obliga a informar al INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO de las consultas directas que tenga y que afecte a las zonas del INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO para que este continúe y lleve a buen fin las operaciones correspondientes.
Las tasas académicas se establecen de la siguiente manera:
70% para la entidad educativa, que emite:
Material de estudio.
Acceso al Campus Virtual.
Tutorías
Extensión de la acreditación final de los estudios realizados.
Estas tasas académicas, no se establecen sobre las becas, subvenciones y reducciones. No se establecen fracciones desde la central y esto se debe gestionar desde el país residente por medio de entidad bancaria o la propia delegación.
La delegación puede variar las tasas según criterio y sobre el porcentaje
propio, tanto en reducciones como ampliaciones de las mismas, pero inicialmente sobre las tasas establecidas por U.P.E.
TASAS ACADÉMICAS Y ADMINISTRATIVAS
Estas son las tasas recomendadas. De estas el porcentaje del 70% debe ser
remitida a U.P.E.
PROGRAMA DE ESTUDIOS.
Master (Maestría) UE€ 1.312
Doctorado (Ph.D.) UE€ 1.800
ACREDITACIÓN.
Las acreditaciones mantienen las siguientes tasas que deben ser remitidas a
U.P.E.
Master (Maestría) UE€ 450
Doctorado (Ph.D.) UE€ 450
LEGALIZACIONES:
Apostilla de la Haya: + UE€ 100
Legalización Consular y Ministerio de Asuntos Exteriores: + UE€ 250
OCTAVA-RESCISIÓN
El contrato podrá ser rescindido:
a) Por mutuo acuerdo de ambas partes.
b) Por incurrir cualquiera de las dos partes en quiebra, liquidación,
disolución, etc.
c) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales.
La rescisión obliga a cualquiera de las partes a pagar las cantidades adeudadas
a la otra.
NOVENA-DATOS DE U.P.E.
U.P.E. Universidad de los Pueblos de Europa - External Degree of Campus, con domicilio en C/ Francisco Jiménez Lomas, 5 - 29004 - Málaga -España
Telf.: (+34) 952 307 912
Fax: (+34) 952 277 020
Mail: upe@upe-edu.org
URL: http://www.upe-edu.org
La Universidad de los Pueblos de Europa (University of the European Peoples), es una institución privada registrada en España (UE) en la Dirección General de R. M. del Ministerio de Justicia con el código de Identificación B29651064.
Sus objetivos y actividades se desprenden de sus propios estatutos constitucionales: la enseñanza, promoción, estudio, fomentación, investigación y complementación de las necesidades formativas del mundo profesional a niveles superiores por adscripción, representación y delegación de Universidades Abiertas y Virtuales de América y Europa y regulada por la Ley 2/1995 de 23 de Marzo (BOE núm.71,de 24 de Marzo) y Real Decreto 557/1991 del 12 de Abril (BOE 20.04.91).Acogida al Art.24.1 de la Ley Orgánica 1/1990,de 03 de Octubre de Ordenación General del Sistema Educativo, quedando sometidas a las normas del Derecho Común.
ADSCRIPCIONES
Mantiene adscripción, delegación y representación de las siguientes
instituciones:
• CIU Cambridge International University (UK).
• UOA Universidad Ortodoxa de las Américas (USA).
• USA Universidad y Seminario Apostólico de las Américas (USA).
• AMU American Middle East University (USA).
• PUA Peoples University of the Americas (USA).
• UPE University of the European Peoples (UE).
• VAU Virtual American International University (USA).
• OUS Open University of Advanced Sciencies (UE)
• FAP Facultad Libre de Altos Estudios Paracientificos (USA).
• USE University of High Studies for Excellence (USA).
RECONOCIMIENTO
• Asociación Española de Medicina Holística (EU).
• International Association of Development of Vanguard Sciences (EU).
• Corresponsales Diplomáticos de Paz y Salud Naturopatas Sin Fronteras
(EU).
• Organizzazione Mondiale Delle Medicine Naturali-OMMN (UE).
• Europäische Aktion Für Therapiefreiheit, Rect. Auf Gesundheid. (EU).
• WAUC - Word Association of Universities and Colleges. (USA)
• CUE Consorcio Universitario Euro-Americano. (UE)
• Registro General de Profesionales de la Unión Europea. (UE)
• Word Organization of Natural Medecine Practioners. (USA)
• Fundación Apostólica Educativa de las Américas. (USA)
• Movimiento Apostólico de las Américas. (USA)
• Iglesia Católica Ortodoxa del Caribe. (USA)
• ESGEM Escuela Superior de Gestión Empresarial. (EU)
DECIMO-JURISDICCION
Este Contrato se rige por la legislación española estando obligado el INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO a cumplir las disposiciones concernientes a la aplicación, ejecución e interpretación de este Contrato, ambas partes se someten a la competencia de los Juzgados y Tribunales de Málaga (España).
Y en prueba de conformidad, suscriben el presente Contrato, por duplicado y a un sólo efecto, en la ciudad de Málaga (España) y fecha al principio indicada.
Fdo. Prof. Luiz Claudio Hipolito Gonçalves
Fdo. Dr. David Lozano Maroto
INSTITUTO GLOBAL EURO AMERICANO
DIRECTOR DE U.P.E.